| El
Secretario es el Notario de la Hermandad, que actúa como fedatario
de la Corporación y de la Junta de Gobierno.
Entre las funciones propias de la
Secretaría podemos destacar realizar las citaciones a los
Cabildos, extender las Actas de los Cabildos, de Oficiales
y Generales, y la custodia de los mencionados Libros, además
de las Reglas de la Hermandad.
Llevar a cabo el acto de Recibimiento
de los nuevos hermanos y hermanas previa admisión por el Cabildo
de Oficiales así como llevar un Libro de asiento de los mismos.
Firmar los nombramientos de los Oficiales
electos de la Junta de Gobierno, Junta Auxiliar, Junta del
Grupo Joven u otros de similar naturaleza y extender los certificadosque
le sean solicitados de acuerdo con la documentación de la
Hermandad.
Extender las papeletas de sitio a
los hermanos para realizar la Estación de Penitencia y confeccionar
la Lista de la Cofradía de acuerdo al orden señalado por el
Diputado Mayor de Gobierno.
Llevar la correspondencia de la Corporación
y, de forma especial, las relaciones con los Hermanos, oficiándoles
cuando proceda.
Custodiar el archivo anual, y traspasarlo
al Archivero a la conclusión del ejercicio.
La Secretaría la componen un Secretario
Primero; un Secretario Segundo -que auxilia al Secretario
Primero en sus funciones y que lo sustituye en su ausencia
- y diversos Auxiliares, cuya misión es colaborar en las diversas
tareas de la Secretaría.
La Secretaría de la Hermandad permanece
abierta de Lunes a Jueves, entre las 19 y las 21,30 horas;
y los Viernes, de 19:00 a 20:30 horas. |